
La resolución 35 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la secretaría, Guillermo Moreno, especifica que el precio tope "será igual al más elevado del día 9 de abril del corriente año".
A los efectos de la aplicación de la norma "quedará a cargo de las empresas dedicadas a la destilación, comercialización del petróleo y sus derivados, informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región".
La resolución abarca las siguientes zonas: Región 1 del Noroeste (comprende Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca, y Santiago del Estero); Región 2 del Noreste (Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos).
Región 3 de Cuyo (San Juan, San Luis y Mendoza); Región 4 Pampeana (Córdoba, Santa Fe y La Pampa); y Región 5 Patagónica (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).
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