El juez de 1ra. Instancia y 49na. Nominación en lo Civil y Comercial, Leonardo González Zamar, impuso una condena que consiste en pagarle 5.841 pesos a la jubilada que inició la acción de amparo solicitando que se declare la inconstitucionalidad de la ley 10.078, que prorroga por 180 días el pago de aumentos de haberes a los pasivos provinciales.-
De este modo, el magistrado sancionó a la provincia por no cumplir con los requerimientos de información solicitados en varias oportunidades, confirmó el abogado de la accionante, Carlos Nayi.
Los pedidos de informes fueron cursados por el juez en el marco de una causa iniciada en agosto del año pasado por una jubilada docente de 86 años patrocinada por Nayi, quien interpuso también el pedido de sanción a la provincia.
El abogado remarcó que "pese a las reiteradas órdenes judiciales en esa dirección, el Gobierno de Córdoba, en una actitud desafiante, las desobedeció, impidiendo que se resuelva el proceso con el consecuente gravamen para la anciana mujer".
En su resolución el magistrado indicó que el gobierno incumplió el mandato judicial del 12 de octubre pasado, cuando se lo emplazó para que en cinco días responda el oficio librado un mes antes.
Consideró el juez que hubo "resistencia u oposición al deber impuesto", ya que pasaron 11 semanas de atraso para cumplir con el emplazamiento.
Destacó que "cotidianamente se comprueba cuán repetidamente se desobedecen mandatos judiciales" y advirtió que "esa desobediencia constituye, sin duda, la más grave y flagrante violación de los principios más caros de la eficacia en el proceso civil".
En la presentación, Nayi argumentaba que la ley que difiere el pago de los aumentos a los pasivos "violenta el carácter alimentario del haber jubilatorio (la demandante percibe un haber mensual de 4.629 pesos) y los principios de previsibilidad y seguridad jurídica", entre otros aspectos.
Ahora, anticipó el abogado que "más alla de la condena impuesta al Gobierno por el magistrado, la amparista denunciará penalmente a los responsables del Gobierno provincial por haber incurrido en la probable comisión del delito de desobediencia judicial".
No hay comentarios:
Publicar un comentario